viernes, junio 26, 2026
spot_img
InicioJudicialCondena a la fiscal de Pereira: Corte Suprema fija 70 meses de...

Condena a la fiscal de Pereira: Corte Suprema fija 70 meses de prisión y ordena captura al quedar en firme

La condena a la fiscal de Pereira quedó confirmada por la Corte Suprema de Justicia: la Sala de Casación Penal impuso a María Eugenia Taborda Franco 70 meses de prisión por dos prevaricatos vinculados a interceptaciones telefónicas y al archivo de una actuación. El alto tribunal negó beneficios y dispuso la captura una vez la sentencia quede ejecutoriada.

La Sala de Casación Penal revocó parcialmente una absolución del Tribunal de Pereira

La decisión quedó consignada en la sentencia SP598-2026 (Rad. 70393), con ponencia del magistrado José Joaquín Urbano Martínez y fecha 17 de junio de 2026. Con ese fallo, la Corte resolvió las apelaciones y revocó parcialmente la absolución que el Tribunal Superior de Pereira había dictado el 15 de agosto de 2025.

Taborda Franco se desempeñaba como Fiscal 31 Seccional de Pereira y coordinadora de la Unidad Regional de Antinarcóticos (URA) del Eje Cafetero. En el proceso, la Corte examinó actuaciones relacionadas con interceptaciones y decisiones posteriores en una investigación vinculada a estructuras mencionadas como “Cordillera”, “Tellus”, “Zombis” y “Némesis”.

La Corte dejó en firme la pena y negó la domiciliaria por prohibición legal

Además de la cárcel, la sentencia fijó una multa de 83.32 SMLMV y una inhabilitación de 110 meses para el ejercicio de derechos y funciones públicas. La Corte indicó que, por prohibición legal, no procedían beneficios como la suspensión condicional de la pena ni la prisión domiciliaria.

El fallo también dispuso librar la orden de captura una vez la sentencia quede en firme. En términos prácticos, la determinación cierra la discusión en casación sobre la responsabilidad penal por los dos prevaricatos que la Sala consideró probados en el expediente.

Interceptaciones por 180 días y el archivo de 2020: los prevaricatos por los que fue condenada

Según la sentencia, el 12 de marzo de 2019 Taborda Franco suscribió —con apoyo del investigador Carlos Iván Salguero— una constancia sobre una supuesta “fuente humana no formal”. Esa fuente habría señalado a dos funcionarios de la Fiscalía de filtrar información a la organización “Cordillera”.

Para la Corte, en el proceso se acreditó que no existía registro de ingreso de esa fuente a las instalaciones, por lo que concluyó que no existió. Aun así, con base en esa constancia, la fiscal ordenó interceptar durante 180 días dos líneas de sus colegas Andrés González Tamayo y Diego Alejandro Nova Guevara, pese a que la actuación se dirigía contra personas “no identificadas”.

En el cierre de la actuación, la Sala indicó que el 31 de marzo de 2020 Taborda Franco ordenó archivar el caso por “inexistencia del hecho” y reiteró información que, para el alto tribunal, ella sabía falsa. La sentencia sostuvo que el propósito probado era conocer anticipadamente decisiones que afectarían a esas organizaciones para favorecer a integrantes; en ese punto mencionó a Eliana Patricia Aguirre Ramírez, identificada como jefe financiera de “Zombis II” y ya condenada por concierto para delinquir, con quien —según el fallo— la fiscal mantenía una amistad.

Con ese marco, la Corte la condenó por dos delitos de prevaricato por acción: por la orden de interceptación del 12 de marzo de 2019 y por la orden de archivo del 31 de marzo de 2020. También la halló responsable de violación ilícita de comunicaciones en modalidad simple, al no probarse que hubiera revelado o usado el contenido de las conversaciones.

En contraste, el alto tribunal confirmó absoluciones por falsedad ideológica en la constancia del 12 de marzo de 2019 y por prevaricato en las solicitudes de legalización del 9 y 12 de abril de 2019. La sentencia explicó que la Fiscalía no aportó los registros de esas audiencias, un elemento determinante en ese tramo del caso. Además, la Corte compulsó copias a la Fiscalía para que indague por qué las líneas habrían permanecido activas en el sistema de monitoreo incluso después de una orden judicial de cancelación.

Documento de la sentencia completa aquí:

RELATED ARTICLES

Most Popular