domingo, marzo 16, 2025
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Gobernación del Huila reitera que solo el Aguardiente Doble Anís está autorizado para su comercialización

La Gobernación del Huila ha reafirmado que, hasta que no se tramite el procedimiento de emisión de los permisos de introducción, ningún otro aguardiente puede ser comercializado legalmente en el departamento, salvo el Aguardiente Doble Anís. La Administración Departamental ha instado a la ciudadanía a abstenerse de vender, adquirir o distribuir licores sin la debida autorización y ha solicitado que se denuncien posibles irregularidades en este sentido.

En días recientes, durante operativos de control en el sur del Huila, el Grupo Anti-Contrabando de la Secretaría de Hacienda, en coordinación con la Fuerza Pública, decomisó una cantidad significativa de botellas de Aguardiente Amarillo de Manzanares, provenientes del departamento de Risaralda.

Según las autoridades, este producto ingresó al Huila de manera ilegal, ya que, hasta la fecha, no se ha otorgado permiso alguno para la introducción de aguardientes diferentes al Aguardiente Doble Anís.

Las normas

La introducción y comercialización de productos sin la debida autorización está penada por la ley. De acuerdo con la Ley Anti-Contrabando (Ley 1762 de 2015), los productos ilegales pueden ser aprehendidos y decomisados. Además, el Código Penal (Ley 599 de 2000) establece penas de prisión de seis a ocho años y multas que podrían superar los mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Respecto a la reciente Sentencia C-032 de la Corte Constitucional, que ha generado algunas interpretaciones erróneas, la Secretaría de Hacienda aclaró que esta decisión solo declaró la inexequibilidad de ciertos incisos del artículo 28 de la Ley 1816 de 2016. No obstante, la potestad del Huila para otorgar permisos de introducción de licores sigue vigente, conforme a los artículos 9 y 10 de dicha ley.

La Gobernación del Huila recordó que cualquier producto que ingrese y se comercialice sin el debido permiso será objeto de las sanciones correspondientes, según lo establecido en la Ley 223 de 1995 y el Decreto Único 1625 de 2016.

Lea también: Nuevo llamado a la vacunación contra la fiebre amarilla y prevención del dengue en el Huila

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