sábado, septiembre 12, 2026
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Fiscalía embarga tres inmuebles vinculados a Óscar Iván Zuluaga por pesquisa de Odebrecht

La Fiscalía General de la Nación impuso embargo y suspensión del poder dispositivo sobre tres inmuebles vinculados al patrimonio de Óscar Iván Zuluaga Escobar y su entorno familiar. Los activos, ubicados en Bogotá y Pensilvania, Caldas, superan los $3.664 millones y quedaron afectados dentro del trámite de extinción de dominio relacionado con la campaña presidencial de 2014.

Los inmuebles afectados

Las medidas recaen sobre un apartamento y la tercera parte de una vivienda en Bogotá, además de un inmueble en Pensilvania, Caldas. La suspensión del poder dispositivo impide que el propietario venda, transfiera o celebre negocios jurídicos sobre los bienes mientras se mantiene la afectación ordenada por la Fiscalía.

Parte de esas propiedades pertenecía directamente a Zuluaga Escobar, pero en junio de 2023 fueron transferidas mediante donación a integrantes de su círculo familiar. La decisión busca impedir que los activos sean vendidos, enajenados o comercializados mientras avanza el trámite de extinción de dominio.

La actuación fue adoptada por la Dirección de Extinción de Dominio a partir del trabajo del Grupo de Tareas Especiales de Odebrecht, adscrito a la Delegada para las Finanzas Criminales. Ese grupo recopiló elementos materiales probatorios sobre recursos que habrían llegado a la campaña “Zuluaga Presidente 2014-2018”.

Embargo de bienes de Zuluaga

La investigación examina el presunto aporte de Odebrecht para cubrir servicios de publicidad a favor de la aspiración presidencial de Zuluaga. La Fiscalía señaló que los recursos involucrados ascienden a 1.610.740 dólares.

De acuerdo con la hipótesis del ente investigador, los giros se realizaron entre junio y julio de 2014 a una empresa constituida en Panamá y vinculada al publicista brasileño José Eduardo Cavalcanti de Mendonça. Para entonces, la suma equivalía a más de 3.000 millones de pesos.

La Fiscalía sostiene que ese aporte presuntamente no fue reportado en los balances de campaña ni informado a las autoridades electorales. Al provenir de una persona jurídica extranjera, constituiría una fuente de financiación prohibida para las campañas políticas, conforme al artículo 27 de la Ley 1475 de 2011.

Las medidas cautelares no constituyen una condena ni definen culpabilidad. Mantienen los tres inmuebles bajo embargo y con restricción para su disposición mientras se surte el trámite de extinción de dominio.

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