Mauricio Gaona defendió ante el Consejo de Seguridad que la posible inefectividad de un mecanismo para resolver controversias no elimina los efectos jurídicos de decisiones previas sobre Irán. La intervención fijó la postura de Colombia en la discusión por la vigencia de sanciones internacionales.
La posición de Colombia sobre Irán
La sesión del jueves 10 de septiembre abordó el trabajo del Comité de Sanciones creado por la Resolución 1737, relacionado con el programa nuclear iraní. Gaona participó un día después de presentar sus cartas credenciales ante el secretario general de Naciones Unidas, António Guterres, como representante permanente de Colombia ante la organización.
El diplomático planteó que el debate no debía limitarse a establecer si un mecanismo operativo había resuelto controversias de forma efectiva. Para Colombia, el análisis también debe considerar las consecuencias jurídicas de las determinaciones adoptadas anteriormente por el organismo.
“La presunta inefectividad de un mecanismo operativo para resolver controversias no diluye el efecto jurídico precedente de una disposición del derecho internacional”, afirmó Gaona. En su exposición, sostuvo que las decisiones del Consejo deben respetarse como parte del derecho internacional público.
Gaona señaló que Colombia reconoce el restablecimiento del Comité 1737 y de su Panel de Expertos. También se refirió a las resoluciones 1803, 1835 y 1929, posteriores a la 1737, y vinculó la posición con el principio de buena fe en el cumplimiento de obligaciones internacionales y con la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
El debate que dividió al Consejo
La controversia gira alrededor del mecanismo conocido como snapback, previsto en la Resolución 2231 de 2015, que respaldó el acuerdo nuclear iraní o JCPOA. Francia, Alemania y Reino Unido lo activaron en agosto de 2025 al argumentar que Irán había incumplido compromisos asumidos en ese acuerdo.
Tras ese procedimiento, las Naciones Unidas notificaron el restablecimiento de varias resoluciones previas sobre el programa nuclear iraní, incluida la 1737. Reino Unido y otros países sostienen que la activación se ajustó a la Resolución 2231 y que, como resultado, recuperaron vigencia esas decisiones y el Comité 1737.
Rusia, China e Irán rechazan esa interpretación. Esos países sostienen que la Resolución 2231 terminó el 18 de octubre de 2025 y que el mecanismo de restablecimiento de sanciones no produjo efectos jurídicos válidos. Rusia reiteró esa postura durante la sesión del 10 de septiembre.
La diferencia alcanzó el trámite de la reunión. Rusia y China cuestionaron que el Consejo continuara abordando el asunto por considerar que la Resolución 2231 ya no estaba vigente, pero la agenda siguió adelante tras una votación de procedimiento con 11 votos a favor, dos votos en contra y dos abstenciones; China y Rusia votaron en contra.
La discusión incluye la operación del Comité 1737 y de su Panel de Expertos. Varios integrantes del Consejo reconocen su restitución, mientras Rusia, China e Irán cuestionan la base jurídica de esa reactivación. El debate continuará entre quienes consideran válidamente restablecidas las sanciones y quienes niegan que puedan volver a estar vigentes.











