Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia dejarán de cobrar la comisión de ley por retiros de cesantías destinados a vivienda de damnificados por el sismo del 10 de agosto. La medida estará vigente durante septiembre, octubre y noviembre.
Cesantías sin comisión durante tres meses
Asofondos anunció la exoneración para quienes necesiten usar sus recursos en la compra, reparación, reconstrucción o mejoramiento de vivienda en las zonas afectadas. El beneficio cubre la comisión que normalmente se aplica al retiro del auxilio de cesantías.
La decisión busca que los ahorros de los trabajadores lleguen de forma más ágil y completa a las familias que deben atender daños en sus hogares. Andrés Velasco, presidente de Asofondos, afirmó que las cesantías son un instrumento de cada trabajador para ayudar a levantar nuevamente su vivienda.
El movimiento telúrico dejó afectaciones en 497 municipios, de acuerdo con el anuncio de Asofondos. La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres reportó más de 134.000 viviendas averiadas y cerca de 29.500 destruidas en las zonas impactadas.
El retiro para vivienda podrá tramitarse sin intermediarios ni pago de comisión dentro del periodo establecido. Las administradoras también recordaron que las cesantías pueden destinarse a mejoras locativas y a la reconstrucción de los hogares afectados.
Solicitud ante el fondo correspondiente
El proceso inicia con una solicitud escrita al empleador para autorizar el retiro. El trabajador debe reunir los documentos que acrediten su condición de damnificado y respalden el uso de los recursos para vivienda.
Con la autorización y los soportes, la petición debe presentarse ante el fondo de cesantías correspondiente. Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia habilitaron atención presencial y canales virtuales para recibir las solicitudes y agilizar el trámite.
Tras la aprobación de la solicitud, el fondo realizará el desembolso en los días siguientes. La exoneración se mantendrá durante los tres meses definidos por las administradoras para los damnificados de las zonas afectadas.
Entre los mecanismos mencionados para las familias afectadas figura el auxilio funerario de pensiones, sin costo adicional. Puede reclamarlo quien haya asumido los gastos funerarios de un afiliado o pensionado fallecido, mediante trámite directo ante el fondo de pensiones.
El auxilio equivale a entre 5 y 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, calculado con base en el último ingreso base de cotización del afiliado o la última mesada del pensionado. Para solicitarlo se exige formulario, registro civil de defunción, factura de gastos funerarios, identificación, certificación bancaria y, cuando corresponda, autorización de herederos.











