El Ministerio del Trabajo expidió el Decreto Reglamentario mediante el cual se establecen nuevas reglas para proteger a las personas que denuncien acoso sexual en su trabajo.
Según el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, el decreto buscará sancionar a los empleadores que tomen represalias en contra de las personas que denuncien acoso sexual en sus lugares de trabajo.
“El decreto adopta medidas para imponer las multas por incurrir en despidos y para proteger a las y los trabajadores”, destacó el ministro del Trabajo.
“El empleador despide a alguien durante el proceso o dentro de los seis meses siguientes a la denuncia, se asumirá que fue una represalia. Esto se considerará un despido injustificado y el empleador podrá ser sancionado con una multa que irá de 1 a 5.000 salarios mínimos diarios”, añadió Sanguino.
De esta forma, el decreto establece que cuando una persona denuncia acoso sexual en su trabajo, su empleador no podrá despedirla durante los seis meses siguientes a la denuncia, si lo hace, el despido no tendrá validez.
Si después de los seis meses la persona es despedida y alega que fue por su denuncia de acoso sexual, el empleador deberá probar que no fue así. Además, las personas que testifiquen también estarán protegidas contra el despido.
No obstante, existen excepciones, dicha protección no aplica si el despido es autorizado por el Ministerio o si la persona ya tenía un proceso disciplinario antes de la denuncia.
(Colprensa)