La elección de Wilson Díaz Sterling como contralor departamental del Huila para el periodo 2026-2029 continuará vigente luego de que el Tribunal Administrativo del Huila negara las pretensiones de las demandas de nulidad electoral presentadas contra el proceso de selección.
La decisión judicial ratificó la legalidad del concurso de méritos y de la elección realizada por la Asamblea Departamental, al concluir que no se demostraron las irregularidades señaladas por los demandantes.
Tribunal avaló el proceso de elección
La sentencia, proferida el pasado 1 de julio, analizó cada uno de los cuestionamientos formulados contra el procedimiento. Entre ellos estuvieron la convocatoria del concurso, el desarrollo de la elección, las presuntas inhabilidades del funcionario, el mecanismo de votación y el acto de posesión.
Tras revisar las pruebas y los argumentos expuestos por las partes, los magistrados concluyeron que ninguno de los cargos era suficiente para declarar la nulidad del acto administrativo mediante el cual la Asamblea Departamental del Huila eligió a Wilson Díaz Sterling como jefe del organismo de control fiscal.
Uno de los principales reparos sostenía que la Asamblea debía publicar previamente el proyecto de convocatoria para recibir observaciones ciudadanas. No obstante, el Tribunal precisó que la elección de contralores territoriales se encuentra regulada por una normativa especial, por lo que la situación planteada no afectó la legalidad del proceso ni vulneró el interés general.
Descartan inhabilidades y otras presuntas irregularidades
El fallo también rechazó los cuestionamientos sobre la sesión en la que se realizaron las entrevistas a los aspirantes y posteriormente la elección del contralor. Según la providencia, la legislación no prohíbe que ambas actuaciones se desarrollen el mismo día, ni impide que la votación sea realizada mediante voto secreto por parte de la corporación.
Respecto a las presuntas inhabilidades, el Tribunal concluyó que haber ejercido como notario no constituye una restricción legal para aspirar al cargo de contralor departamental. Asimismo, descartó la supuesta inhabilidad por vínculos familiares, al considerar que no se aportaron pruebas suficientes y que la causal invocada no está contemplada en la normativa vigente para este tipo de elección.
La corporación judicial también desestimó los argumentos relacionados con una presunta cercanía política entre el funcionario y el gobernador del Huila, al señalar que se trataba de afirmaciones sin respaldo probatorio para invalidar la elección. Igualmente, aclaró que la posesión corresponde a un acto posterior al nombramiento y no afecta la validez de la elección realizada por la Asamblea.
Tras conocer la decisión, Wilson Díaz Sterling manifestó que el fallo le brinda tranquilidad y respaldo para continuar ejerciendo sus funciones con compromiso hacia el departamento. La decisión fue emitida en primera instancia y podrá ser apelada ante el Consejo de Estado.


