Una juez del Juzgado Veintinueve Laboral del Circuito de Medellín ordenó al presidente Gustavo Petro abstenerse de utilizar recursos, espacios y herramientas asociadas a su investidura para difundir mensajes de carácter electoral, al conceder una medida provisional dentro de una acción de tutela presentada en su contra.
La decisión judicial establece que el mandatario no podrá emplear alocuciones oficiales, eventos públicos realizados en calidad de jefe de Estado, espacios nacionales e internacionales relacionados con sus funciones, ni su cuenta en la red social X para emitir mensajes que favorezcan o perjudiquen a candidatos presidenciales.
Según el despacho judicial, la medida también incluye la prohibición de realizar afirmaciones sobre un eventual fraude electoral sin contar con evidencia sólida y razonable que respalde dichas declaraciones.
Medida temporal mientras avanza la tutela
La juez aclaró que esta determinación tiene carácter provisional y no constituye un fallo definitivo sobre el fondo del proceso. Sin embargo, señaló que, tras evaluar los argumentos presentados por el accionante, encontró elementos suficientes para adoptar medidas preventivas mientras se resuelve el caso.
Entre los antecedentes analizados figura una decisión del Consejo de Estado emitida el pasado 28 de mayo de 2026, en la que ya se había ordenado al presidente abstenerse de difundir propaganda electoral a favor o en contra de partidos políticos, movimientos o candidatos mediante medios oficiales del Estado.
Proximidad de las elecciones influyó en la decisión
El juzgado también tuvo en cuenta documentos periodísticos y publicaciones realizadas en la red social X que fueron aportadas por el demandante como evidencia. Según el análisis preliminar, estos elementos sugerirían que el mandatario continuó realizando referencias al proceso electoral después de la orden emitida por el Consejo de Estado.
La autoridad judicial consideró que la cercanía de la segunda vuelta presidencial, prevista para el próximo 21 de junio de 2026, hacía necesaria la adopción de medidas urgentes para garantizar el normal desarrollo del proceso democrático mientras se estudia de fondo la tutela.



