La Presidencia de la República recusó al presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien en las últimas horas radicó una solicitud de medida cautelar ante la Sala Plena con el objetivo de suspender los efectos del decreto de emergencia económica expedido por el Gobierno.
En ella, afirmó que la Corte debe «revisar la jurisprudencia y ampliarla» para que se pueda decretar dicha suspensión en casos de estados de excepción. Lo que, según Ocampo, es una clara muestra de que el magistrado no tiene una posición neutra al respecto.
El recurso judicial presentado por Ibañez no resultó habitual, dado que Ibáñez no fungió como magistrado ponente del expediente. Sin embargo, en este caso la proposición respondió a la advertida “abierta inconstitucionalidad” del estado de excepción, que expidió impuestos con fuerza de ley y vigencia inmediata.
De prosperar la solicitud radicada por el magistrado, la decisión congelaría automáticamente el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 19 % a las bebidas alcohólicas y a los juegos de azar. Este punto específico de la emergencia económica desató una fuerte controversia en las regiones, donde al menos 17 gobernadores se rebelaron contra la medida.
Los mandatarios regionales apelaron a la figura de «excepción de inconstitucionalidad» para inaplicar el tributo en sus territorios, desafiando la orden central bajo el argumento de proteger las finanzas locales y la legalidad.



