La defensa de Sneyder Pinilla solicitó dejar sin efectos la decisión del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) mediante la cual se ordenó el traslado de su representado a la cárcel La Picota, en Bogotá.
A través de un pronunciamiento, los abogados señalaron que existe una orden judicial vigente que establece que Pinilla debe permanecer recluido en un centro de reclusión militar, por lo que consideran que la determinación administrativa del INPEC debe ajustarse a lo dispuesto por los jueces de la República.
“Las decisiones de los jueces de la República deben ser respetadas y cumplidas”, sostuvo la defensa, al insistir en que el traslado podría desconocer las condiciones de reclusión previamente establecidas dentro del proceso.
El caso adquiere especial relevancia debido al papel que Pinilla ha asumido como testigo y colaborador de la justicia. Su defensa manifestó que el exfuncionario decidió entregar información a las autoridades en el marco de un proceso de cooperación y que, por esa razón, deben garantizarse las condiciones necesarias para proteger su vida e integridad.
Los abogados también señalaron que las garantías concedidas dentro del proceso de colaboración deben mantenerse efectivas y no pueden ser modificadas de manera que, según su interpretación, puedan afectar la seguridad del testigo.
La controversia se centra ahora en determinar si la orden de traslado emitida por el INPEC resulta compatible con las decisiones judiciales vigentes y con las condiciones establecidas para Pinilla dentro de su proceso.
La defensa insistió en que no pueden desconocerse las órdenes judiciales ni ponerse en riesgo las garantías de las personas que colaboran con la justicia. Por ello, pidió que se revise la determinación y se mantenga a Pinilla en el lugar de reclusión dispuesto judicialmente.
La decisión sobre la permanencia, traslado o condiciones de reclusión de Pinilla deberá resolverse conforme a las competencias de las autoridades judiciales y penitenciarias involucradas en el caso. La solicitud de la defensa, por ahora, constituye una petición dentro del proceso y no implica que el traslado haya sido judicialmente suspendido de manera definitiva.



