jueves, mayo 7, 2026
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Corte tumba decreto que imponía impuestos a generadoras de energía

La Corte Constitucional declaró inexequible el decreto mediante el cual el Gobierno Nacional había impuesto cargas tributarias a las empresas generadoras de energía durante la emergencia económica y social decretada a comienzos de 2026.

La decisión quedó consignada en la Sentencia C-115 de 2026, con ponencia del magistrado Vladimir Fernández Andrade, mediante la cual la Sala Plena dejó sin efectos jurídicos el Decreto Legislativo 44 del 21 de enero de 2026. La norma buscaba garantizar la prestación del servicio de energía eléctrica en medio del estado de excepción decretado por el Gobierno.

Según explicó el alto tribunal, el decreto fue declarado inconstitucional “por consecuencia”, debido a que previamente ya había sido tumbado el Decreto 1390 de 2025, que sustentaba la declaratoria de emergencia económica. Esa decisión había sido adoptada mediante la Sentencia C-075 de 2026.

La Corte también se pronunció sobre los recursos que fueron recaudados a las empresas generadoras de energía mientras estuvo vigente la medida. En ese sentido, determinó que la decisión tendrá efectos retroactivos, lo que obliga al Estado a devolver o compensar el dinero cobrado a las compañías afectadas.

Para cumplir con este proceso, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) contará con un plazo máximo de seis meses. Además, el fallo establece que las empresas podrán aplicar los valores relacionados con la energía entregada dentro del impuesto de renta y, en caso de superar los límites legales, podrán compensarlos en períodos posteriores.

El Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) será el encargado de certificar la cantidad de energía suministrada y los montos correspondientes para facilitar el trámite.

La decisión fue aprobada de manera unánime por la Sala Plena con una votación de 8-0. El magistrado Héctor Alfonso Carvajal presentó aclaración de voto, mientras que Jorge Enrique Ibáñez no participó por impedimento. El decreto ya había sido suspendido provisionalmente desde febrero mientras avanzaba el estudio de constitucionalidad.

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