La Sección Quinta del Consejo de Estado negó las pretensiones de nulidad contra el acto de elección de Hernán Penagos Giraldo como Registrador Nacional del Estado Civil para el periodo 2023-2027, luego de analizar múltiples demandas que señalaban supuestas irregularidades en el concurso de méritos y una presunta inhabilidad constitucional.
Las acciones fueron presentadas por Harold Eduardo Sua Montaña y Leonardo Augusto Torres Calderón, quienes argumentaron que la elección violó los principios de mérito, imparcialidad y debido proceso. Entre los puntos centrales, se denunció una supuesta inhabilidad del artículo 126 de la Constitución, ya que Penagos fue miembro del Consejo Nacional Electoral hasta septiembre de 2022.
También se alegaron fallas en la evaluación de entrevistas, manejo discrecional de puntajes, falta de transparencia en las calificaciones y ausencia del certificado especial de antecedentes disciplinarios. No obstante, el alto tribunal encontró que la inscripción de Penagos se realizó fuera del periodo de restricción constitucional y que el procedimiento se ajustó al reglamento previsto en la Ley 1134 de 2007.
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El fallo enfatiza que en la elección del Registrador no existe una etapa de nominación formal, por lo que no puede considerarse vulnerado el periodo de inhabilidad. Además, se consideró válida su inclusión en la lista de entrevistados al figurar entre los diez mejores puntajes del proceso.
Con esta decisión, el Consejo de Estado ratifica que el sistema de elección, aunque polémico, cumplió con los parámetros legales y constitucionales establecidos, cerrando una de las controversias judiciales más importantes en torno a la legitimidad del registro civil y electoral del país.