En una decisión sin precedentes, el Juzgado Tercero Penal Municipal de Mocoa concedió una acción de tutela que ordena el desbloqueo inmediato de la única vía de acceso a la vereda Monclart, obstruida desde marzo por manifestaciones lideradas por la Junta de Acción Comunal de Pueblo Viejo.
La sentencia —proferida mediante el fallo 0054 del 19 de mayo de 2025— ampara los derechos fundamentales a la libre locomoción, salud, trabajo, seguridad y mínimo vital de los habitantes de Monclart, vulnerados durante casi dos meses por la instalación de campamentos y retenes ilegales.
Bloqueos prolongados y violación de derechos
Desde el 25 de marzo, la comunidad rural de Monclart quedó prácticamente aislada por bloqueos instalados como parte de una protesta contra la empresa Libero Cobre Ltd. Los manifestantes impusieron controles arbitrarios, requisas, y exigencias para permitir el paso, incluso de enfermos o trabajadores, afectando el acceso a alimentos, medicamentos, salud y empleo.
A pesar de reiteradas denuncias ante la Alcaldía de Mocoa, la Gobernación del Putumayo, la Policía Nacional, la Defensoría del Pueblo y la Personería Municipal, no se tomaron medidas efectivas para restablecer el orden público, lo que motivó la acción judicial interpuesta por la líder comunitaria Bety Jiménez.
Un fallo que marca jurisprudencia
La jueza Tania Marcela Martínez Muñoz determinó que los bloqueos constituyen una vía de hecho ilegítima, excediendo el marco constitucional del derecho a la protesta. En su decisión, la magistrada recalcó que el derecho a la manifestación no puede suprimir las garantías fundamentales de terceros, especialmente de comunidades vulnerables como la campesina de Monclart, reconocida como sujeto de especial protección constitucional mediante el Acto Legislativo 01 de 2023.
Medidas ordenadas de manera urgente
La sentencia establece, entre otras disposiciones:
Convocar en un plazo máximo de 48 horas una mesa institucional con participación de la Alcaldía de Mocoa, Gobernación del Putumayo, Policía Nacional, Defensoría del Pueblo, Personería Municipal y representantes de ambas veredas.
Ordenar a la Policía Nacional garantizar la seguridad y el libre tránsito en la zona.
Exigir a la Junta de Acción Comunal de Pueblo Viejo abstenerse de instalar nuevos bloqueos o realizar controles arbitrarios.
Un precedente para todo el país
Este fallo no solo resuelve una situación crítica en Mocoa, sino que sienta un precedente jurídico nacional sobre la responsabilidad del Estado frente a bloqueos que vulneren derechos fundamentales. La sentencia reafirma que el derecho a la protesta debe ejercerse de forma legítima y proporcional, sin afectar a comunidades ajenas al conflicto.
La comunidad reacciona
La decisión fue recibida con entusiasmo por los habitantes de Monclart. “Esta sentencia nos devuelve la esperanza y la posibilidad de vivir con dignidad”, expresó Darío Octavio Cerón, presidente de la Junta de Acción Comunal de Monclart.
Por su parte, las autoridades locales deberán actuar con celeridad para cumplir las órdenes judiciales, bajo advertencia de sanciones por desacato.
Revisión por la Corte Constitucional
El fallo será remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión, lo que podría consolidar aún más su valor como referente en la protección de derechos fundamentales frente a conflictos sociales.