viernes, septiembre 12, 2025
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Críticas a Petro por asegurar que es el jefe del alcalde de Cali

Diversas críticas ha recibido el presidente, Gustavo Petro, luego de asegurar que es el jefe de los alcaldes del país.

La declaración se dio en un evento público, cuando Petro se molestó cuando el alcalde de Cali, Alejandro Eder, agradeció al Ministro de Defensa por la llegada de varios vehículos blindados Hunter TR-12 a la capital del Valle, pero no a él.

“Hoy el Alcalde de Cali me mandó un saludo. Llegaron todos los vehículos blindados del Ejército a cuidar Cali, y dijo: ‘gracias, ministro de Defensa’. Punto. ¡Ja! No quieren a Petro. Yo soy el jefe del Alcalde, ¿no? Y el jefe del Ejército. Soy el jefe del Alcalde, el jefe del Ejército”, fueron las palabras de Petro.

Pese a los cuestionamientos de usuarios en redes, el mandatario insistió en que sí era el jefe de los alcaldes al citar que: “El artículo 189 de la constitución nacional determina que el presidente es: Jefe de Estado, jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa”.

Dice textualmente ese artículo que el Presidente de la República es “Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa”, el cual tiene varias funciones como nombrar y separar libremente a los ministros del despacho, dirigir la fuerza pública, dirigir las relaciones internacionales, instalar y clausurar las sesiones del Congreso en cada legislatura, sancionar las leyes, celebrar contratos, entre otros.

Sin embargo, en ningún punto de la Constitución Política habla de ser jefe de los alcaldes, los cuales son elegidos por voto popular, como lo recordó la senadora Angélica Lozano.

“Jefe del gobierno nacional presidente Petro ¿Santos fue su jefe como alcalde? No. El presidente tiene que coordinar y cooperar con alcaldes y gobernadores, pero usted no es jefe de ellos ni de los entes territoriales”, señaló la congresista.

El exministro del interior Daniel Palacio también cuestionó a Petro, al señalar que el jefe de Estado es la representación de Colombia en el mundo y en la nación, pero «no de los gobiernos locales y departamentales. Máxima autoridad administrativa: se refiere a la rama ejecutiva del poder público nacional no territorial”.

Carlos Lasprilla, actual jefe de gabinete del alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, aseguró que los roles del Presidente tienen límites que le impiden mandar sobre los alcaldes y municipios.

En su mensaje, recordó que el artículo 287 de la Constitución dice: “Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, y dentro de los límites de la Constitución y la ley. En tal virtud tendrán los siguientes derechos: 1. Gobernarse por autoridades propias…”.

Además, Lasprilla citó a la Corte Constitucional en la sentencia C-329/95 que los alcaldes no dependen jerárquicamente del Presidente: “El alcalde, elegido popularmente para períodos de tres años (Arts. 314), ha sido calificado por la Carta Política como jefe de la administración local y representante legal del municipio (art. 314 C.P.)”.

Incluso, muchos internautas le recordaron al Presidente cuando, siendo alcalde de Bogotá, le pedía al entonces jefe de Estado, Juan Manuel Santos, que respetara “la autonomía de Bogotá”.

Este hecho recordaron el episodio cuando Petro aseguró que era el jefe del entonces fiscal Francisco Barbosa, situación que generó una fuerte disputa con las Altas Cortes y toda la rama judicial en Colombia. Tal fue la tensión que el mismo Presidente tuvo que disculparse ante las desafortunadas declaraciones.

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