La Comisión Nacional de Disciplina Judicial suspendió por seis meses al abogado Gerardo Castrillón Quintero por injuriar a una mujer víctima de acceso carnal violento durante una audiencia virtual.
La sanción se impuso tras considerar que Castrillón profirió expresiones ofensivas contra la señora Victoria durante una sesión previa a la resolución de un recurso de apelación en un caso de acceso carnal violento agravado.
La investigación disciplinaria contra Castrillón Quintero se originó por su conducta en la sala virtual de audiencia el 26 de octubre de 2022, donde se refirió a la víctima como “perra hijueputa que hundió al papá”.
La Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Huila, en primera instancia, declaró responsable al abogado y lo sancionó con suspensión de su ejercicio profesional.
Castrillón Quintero apeló la decisión argumentando que sus expresiones no iban dirigidas a la víctima y que fueron producto de la locuacidad. Sin embargo, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la sanción, enfatizando la gravedad de las injurias y la importancia de aplicar un enfoque de género en estos casos.
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial señaló que las manifestaciones de Castrillón Quintero vulneraron la dignidad de la mujer y revictimizaron a la presunta víctima de un delito sexual.
La decisión de segunda instancia se basó en la protección del derecho a la igualdad y no discriminación, así como en la jurisprudencia que exige un trato diferenciado en situaciones de violencia de género.
Según el tribunal, la revictimización y la violencia psicológica no solo son inaceptables desde una perspectiva ética, sino que también vulneran los derechos fundamentales de las víctimas, quienes ya han sufrido daños graves a manos de sus agresores.
Mauricio Rodríguez Tamayo, presidente de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, subrayó que este tipo de conductas no son aceptables ni en servidores públicos ni en abogados, especialmente cuando se trata de casos tan sensibles como el de una víctima de violencia intrafamiliar.
Rodríguez Tamayo enfatizó que “tanto abogados como funcionarios del Estado están llamados a dar ejemplo de mesura, ponderación y buen trato, en lugar de mancillar el nombre de otras personas”.
La decisión de la Comisión fue unánime, aunque se presentó una aclaración de voto por parte del magistrado Carlos Arturo Ramírez Vásquez, vicepresidente de la Corporación.
(COLPRENSA)