martes, octubre 27, 2026
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Exgerente del Terminal de Transporte de Neiva fue condenado a 12 años de prisión por actos sexuales con menor

El exgerente del Terminal de Transporte de Neiva, Gilberto Casallas Perdomo, contador público de 61 años, fue condenado en primera instancia a 12 años de prisión por el delito de actos sexuales con menor de 14 años agravado. Los hechos ocurrieron en enero de 2021, en el conjunto residencial Torres de Alejandría, en Neiva.

La decisión fue adoptada por el Juzgado 801 Penal del Circuito Transitorio con Función de Conocimiento, que impuso una pena de 144 meses de prisión. Para la época de los hechos, la víctima tenía 10 años y mantenía una relación de vecindad y confianza con la familia del procesado.

Según el testimonio de la menor, el 21 de enero de 2021, mientras colaboraba en la preparación de una torta en su vivienda, Casallas Perdomo le pidió ingresar a su apartamento para revisar el horno. Allí, presuntamente, le retiró el tapabocas, la abrazó y la besó en la mejilla y la boca. También le habría pedido mantener lo sucedido en secreto.

La niña relató que los acercamientos no habrían sido aislados, pues el hombre acostumbraba darle dulces, chocolates y frutas, además de abrazarla y besarla cuando coincidían en las zonas comunes del conjunto.

Tras contarle lo ocurrido a su hermana y a su madre, la familia informó al padre de la menor, quien presentó la denuncia el 26 de enero de ese año.

Durante el juicio, la defensa negó los hechos y cuestionó el testimonio. Sin embargo, el juzgado consideró que la declaración de la víctima fue coherente y encontró respaldo en testimonios familiares y valoraciones de Medicina Legal y el ICBF.

Además de la prisión, el condenado recibió una inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante el mismo periodo, así como la prohibición de desempeñar actividades que impliquen contacto directo y habitual con menores.

El despacho negó la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria. La sentencia es de primera instancia y puede ser recurrida. La orden de captura se ejecutará cuando quede en firme.

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